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Seguro Hipotecario Desempleo e Incapacidad Temporal

  • Seguro voluntario que cubre al asegurado con el pago de hasta 4 dividendos en el caso que éste quede desempleado o sufra una incapacidad temporal por causa de un accidente o enfermedad que le impida ejercer de forma total o parcial su actividad laboral
  • Las coberturas de este seguro pueden ser utilizadas las veces que sea necesario, respetando el período activo mínimo exigido entre cada siniestro
  • El seguro puede ser contratado por el deudor y por el codeudor del Crédito Hipotecario
  • Cobertura vigente hasta el término del Crédito Hipotecario
  • Incluye servicio de asistencia laboral
  • Cómoda forma de pago a través de su dividendo
  • En caso de desempleo involuntario de trabajadores dependientes este seguro pagará 4 cuotas del crédito hipotecario contratado, las que serán pagadas de la siguiente forma: las primeras 2 cuotas de una vez y luego de 60 días de desempleo, 2 cuotas más de una vez más un 3,5% de dichas cuotas, en razón de gastos administrativos de BancoEstado
  • En caso de incapacidad temporal a consecuencia de enfermedad de origen infeccioso o accidente de trabajadores independientes este seguro pagará hasta 4 cuotas del crédito hipotecario pagadas de 1 a 1, por cada treinta días en que el Asegurado se mantenga en estado de incapacidad
  • Además, este seguro cuenta con asistencia laboral personalizada, la cual tiene como objetivo apoyar al cliente desempleado en estrategias de búsqueda de empleo
  • Este seguro puede ser solicitado por trabajadores dependientes e independientes, funcionarios públicos, jubilados, pensionados, miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden y Seguridad Pública
  • El valor de la prima dependerá del monto y condiciones del crédito
  • El seguro es de prima mensual y se paga a través del dividendo
  • Para mayor información consulte en cualquier sucursal de BancoEstado

Importante: Las coberturas de Desempleo Involuntario e Incapacidad Temporal se ofrecen como un sólo producto de precio único que tiene como objeto cubrir los riesgos de pérdida de ingreso o disminución de capacidad de pago que puedan afectar al asegurado, de modo de poder beneficiarlo independientemente de la situación laboral en que éste se encuentre. El asegurado solamente podrá invocar una de las coberturas (Desempleo Involuntario, o Incapacidad Temporal), de acuerdo al estado en que se encuentre a la fecha de ocurrencia del siniestro, siempre y cuando cumpla las condiciones de cobertura. Nunca se podrá solicitar indemnización por ambas coberturas al mismo tiempo y nunca serán acumulables.

Desempleo Involuntario:

No tendrá derecho a indemnización cuando la situación de cesantía se produzca por una causa distinta a las detalladas en la póliza para la cobertura.

Incapacidad Temporal:

Reposo o licencia a causa de embarazo o cualquier enfermedad producida con motivo del embarazo. Las enfermedades o incapacidades cuya causa u origen no sea infecciosa, tales como, pero no limitados a enfermedades cardiovasculares, derrame cerebral y diabetes, entre otras.

Carencia:

90 días corridos. Es el periodo de tiempo que se cuenta desde la fecha de incorporación al seguro por parte del Asegurado, durante el cual éste no tiene derecho alguno a indemnización en caso de siniestro. Aplica para las coberturas de desempleo involuntario e incapacidad temporal.

Período activo mínimo:

Seis meses corridos. Lapso de tiempo durante el cual el Asegurado, que ya ha sido indemnizado en razón del seguro y que ya cuenta con empleo o sin incapacidad, debe mantenerse en esta condición para poder invocar el seguro si incurre nuevamente en cesantía o incapacidad temporal.

Número de días en estado de incapacidad necesarios para hacer efectiva la cobertura de incapacidad temporal: 30 días desde el inicio de la incapacidad, comenzando a operar la cobertura a partir del día 31.

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años
  • Tener vigente o contratar su Crédito Hipotecario de BancoEstado
  • Edad máxima de incorporación 67 años y 364 días

Planes

La prima del seguro es mensual, se financia a través del dividendo y se calcula en función del tipo de crédito hipotecario asociado y el monto inicial del mismo. Para mayor información consulte en cualquier sucursal de BancoEstado.

En caso de siniestro, el asegurado tendrá un plazo de 180 días corridos, desde la fecha que toma conocimiento de la ocurrencia del mismo, para dar aviso inmediato de este hecho en la página web www.segurosbancoestado.cl, llamando al FonoSeguros 600 660 1212, en cualquiera de las sucursales BancoEstado, ante el Corredor de Seguros o ante la Compañía de Seguros, oportunidad en la que deberán presentar los documentos que se mencionan a continuación:

Para Desempleo Involuntario
Para el pago de las primeras dos cuotas:
  • En caso de que el asegurado sea empleado por una persona natural o empresa privada, deberá presentar: Fotocopia simple del finiquito firmado por el trabajador ante notario. En casos de ser miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, funcionarios públicos (funcionarios de planta o personal a contrata), deberán presentar documentación que acredite su condición respectiva y antigüedad

Para el pago de las últimas dos cuotas:

  • Certificado de los últimos 6 meses de Cotizaciones del Sistema Previsional o AFP, con fecha de emisión al día 25 del mes siguiente de cumplidos los 60 días de Desempleo involuntario

Incapacidad Temporal

  • Certificado médico o licencia que acredite la incapacidad temporal por 31 días o más (Desde Fecha de Inicio hasta Fecha de Término de Incapacidad y diagnóstico)
  • Certificado de ingresos o comprobante de pago de impuesto a la renta, tales como: Declaración de Impuesto (IVA) de los últimos 3 meses antes de caer en estado de incapacidad. Declaración de Impuesto a la renta, adjuntando las últimas tres boletas de honorarios antes de caer en estado de incapacidad
  • Para continuidad de incapacidad solo se debe presentar certificado médico o licencia de continuación, indicando fecha de reposo y diagnóstico
  • En caso de ser miembro de las Fuerzas Armadas y Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, funcionarios públicos (funcionarios de planta o personal a contrata), deberán presentar documentación que acredite su condición respectiva y antigüedad

Importante: La Compañía podrá solicitar cualquier otro antecedente relevante, para la liquidación del siniestro. Los clientes que cuentan con un Seguro vigente contratado con BancoEstado, pueden solicitar una copia de su póliza o certificado de cobertura en cualquier sucursal BancoEstado a lo largo del país, o llamando al 600 660 1212.

Información de Renovación de Póliza 
Cobertura(s)CompañíaVigencia Póliza
               DesdeHasta
Desempleo involuntario e incapacidad temporal.HDI Seguros S.A.        01/01/202331/12/2023

Seguro Intermediado por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. y la compañía que asume los riesgos es HDI seguros S.A., POL 1 2020 0215 depositada en C.M.F. BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado, el cual posee el 50,1% de la propiedad de dicha entidad. El restante 49,9% corresponde a MetLife Chile Inversiones Limitada.

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