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Seguro Línea de Crédito Protegida MyPE

Ofrece tranquilidad para enfrentar períodos de dificultad económica en caso de Muerte, Invalidez Total y Permanente 2/3, Enfermedades Graves, Hospitalización e Incapacidad Temporal.

  • En caso de Fallecimiento, Enfermedades Graves e Inválidez Total y Permanente 2/3 se pagará el saldo insoluto de la deuda.
  • En caso de pérdida de tu capacidad de trabajo por Incapacidad Temporal o por Hospitalización, se pagará el monto utilizado con tope según los días de incapacidad u hospitalización.

Incapacidad Temporal

  • Para el sólo efecto de las enfermedades de origen infeccioso se excluyen las incapacidades de origen nervioso, las producidas con motivo de embarazos y las originadas por problemas a la columna
  • Tampoco tendrán cobertura los accidentes o consecuencias sufridos con motivo de:

  • a) Guerra, terrorismo o cualquier conflicto armado
  • b) Automutilación o heridas autoprovocadas
  • c) Hernias y sus consecuencias, sea cual fuere la causa de que provengan
  • d) Intervenciones quirúrgicas o de cualquier medida médica, siempre que no se hayan hecho necesarias a indemnización
  • e) Daños o pérdidas ocasionadas por experimentos de energía atómica o nuclear o de cualquier riesgo atómico
  • f) Servicio militar, actividad bomberil u otras que cuenten con aprobación de la autoridad
  • g) Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive de la Escala Modificada de Mercalli
  • h) Viajes aéreos excepto como pasajero en un vuelo comercial

  • Desgravamen

    Invalidez Total y Permanente 2/3

    Hospitalización

    Enfermedades Graves

  • Pena de muerte o por participación del Asegurado en cualquier acto delictivo
  • Participación activa del Asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella; en guerra civil, dentro o fuera de Chile; o en motín o conmoción contra el orden público dentro o fuera del país; o hechos que las leyes califican como delitos contra la seguridad interior del Estado
  • Situaciones, dolencias o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales, cualquier enfermedad, dolencia, o situación de salud, diagnosticada o conocida por el asegurado o por quién contrata a su favor, antes de la contratación del seguro
  • Intento de suicidio cualquiera sea la época en que ocurra, o las lesiones auto inferidas o provocadas por terceros con el consentimiento del Asegurado
  • La conducción de cualquier vehículo por parte del Asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes
  • Situaciones, dolencias o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales, cualquier enfermedad, dolencia, o situación de salud, diagnosticada o conocida por el asegurado o por quién contrata a su favor, antes de la contratación del seguro
  • Participación del Asegurado en actos temerarios o en cualquier maniobra, experimento, exhibición, desafío o actividad notoriamente peligrosa, entendiendo por tales aquellas en las cuales se pone en grave peligro la vida e integridad física de las personas
  • Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, bungee, parapente, carreras de auto y moto, entre otros
  • Cualquiera de las exclusiones establecidas en la Cobertura de Desgravamen
  • Intoxicación o encontrarse el Asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica
  • La conducción de cualquier vehículo por parte del Asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes
  • Hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, alumbramiento o la pérdida que resulte del mismo. No se considerará para esta exclusión el aborto respecto de una causal despenalizada por ley
  • Exámenes médicos de rutina
  • Cirugía plástica o cosmética
  • Cualquier tipo de enfermedad mental o nerviosa
  • Curas de reposo
  • Hospitalización por un número de días igual o inferior al plazo de hospitalización establecido en el condicionado particular
  • Situaciones, dolencias o enfermedades preexistentes, entendiéndose por tales, cualquier enfermedad, dolencia, o situación de salud, diagnosticada o conocida por el asegurado o por quién contrata a su favor, antes de la contratación del seguro
  • Participación activa del Asegurado en acto terrorista, entendiéndose por acto terrorista toda conducta calificada como tal por la ley, así como el uso de fuerza o violencia o la amenaza de ésta, por parte de cualquier persona o grupo, motivado por causas políticas, religiosas, ideológicas o similares, con la intención de ejercer influencia sobre cualquier gobierno o de atemorizar a la población, o a cualquier segmento de la misma
  • Fisión o fusión nuclear o contaminación radioactiva
  • Además de las exclusiones contenidas en las definiciones y descripción de las enfermedades cubiertas y de aquellas exclusiones establecidas para la póliza principal, Cobertura de Desgravamen, no estarán cubiertas por esta Cobertura las Enfermedades, Situaciones o Dolencias Preexistentes, entendiéndose por tal cualquiera enfermedad, dolencia o situación de salud, diagnosticadas o conocidas por el asegurado o por quien contrata a su favor, antes de la contratación del seguro
  • Período de activo mínimo: 6 meses para Incapacidad Temporal
  • Número de días en estado de Incapacidad u Hospitalización: 30 días desde el inicio de la incapacidad, comenzando a operar la cobertura a partir del día 31 y 3 días contados desde la fecha de hospitalización, comenzando a operar la cobertura a partir del cuarto día

Requisitos

  • Ser mayor de 18 años y menor de 74 años y 364 días
  • Ser persona natural con o sin giro comercial
  • Tener Línea de Crédito en Cuenta Corriente o Chequera Electrónica de BancoEstado
  • Los clientes mayores de 69 años y 364 días de edad, o que bien, el monto aprobado de su Línea de Crédito sea superior a UF 1.000, será requisito para contratar este seguro, no padecer ni haber padecido las siguientes enfermedades: Cáncer, Cardiopatías, Enfermedad Vascular, Insuficiencia Renal Crónica, Parálisis, Trasplante de Órganos Mayores, Esclerosis Múltiple o Diabetes Mellitus

En caso de siniestro, el asegurado, cualquier familiar directo o persona que tenga interés, deberá dar aviso de este hecho en la página web www.segurosbancoestado.cl, llamando al FonoSeguros 600 660 1212, en cualquiera de las sucursales BancoEstado, ante el Corredor de Seguros o ante la Compañía de Seguros, oportunidad en la que deberán presentar los documentos que se mencionan a continuación:

  • Importante: Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía, si lo estima necesario, podrá solicitar o requerir otros documentos o antecedentes que le permitan evaluar el siniestro denunciado.

    Plazos para denunciar el siniestro:

    Los clientes que cuentan con un Seguro vigente contratado con BancoEstado, pueden solicitar una copia de su póliza o certificado de cobertura en cualquier sucursal BancoEstado a lo largo del país, o llamando al FonoSeguros 600 660 1212.

     

Información de Renovación de Póliza
Cobertura(s)CompañíaVigencia Póliza
  DesdeHasta
Incapacidad TemporalHDI Seguros S.A01/01/202331/12/2023
Fallecimiento, Invalidez Total
y Permanente 2/3, Hospitalización,
y Enfermedades Graves
MetLife01/01/202331/12/2023
    • Los seguros son intermediados por BancoEstado Corredores de Seguros S.A y las Compañías de Seguros que asumen los riesgos son MetLife Chile Seguros de Vida S.A. POL 2 2014 0304, CAD 2 2017 0015, CAD 3 2014 0305, CAD 3 2014 0306, CAD 3 2014 0307 y HDI Seguros S.A. POL 1 2017 0031, depositadas en C.M.F. BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado, el cual posee el 50,1% de la propiedad de dicha entidad. El restante 49,9% corresponde a MetLife Chile Inversiones Limitada.

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    FonoSeguros 600 660 1212