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¿Cómo usar tu seguro?

Denuncia tu siniestro en simples pasos

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Seguro Oncológico y Muerte Accidental (SONAP)

  • En caso de ser diagnosticado de cáncer por primera vez, este seguro te entregará a ti o a la carga que incorpores el pago de un monto único de libre disposición para ti y tu familia
  • En caso de Muerte Accidental del Titular, se hará efectivo el pago de un monto que aportará al beneficiario la oportunidad de hacer frente a este trágico evento
  • En caso de Fallecimiento de la carga incorporada en el seguro, se le reembolsará un monto por gastos funerarios
  • Indemnización compatible con la de cualquier otro seguro distinto que ya posea el Asegurado
  • Tienen cobertura los miembros de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería, siempre y cuando, estas actividades se realicen con motivo u ocasión del ejercicio formal de su profesión

Puedes contratarlo desde tu Aplicación BancoEstado:

  1. 1 - Ingresa al menú Productos.
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  3. 3 - Opción Contratar Seguro.
  4. 4 - Seguros de Vida y Salud.
  • Es un producto que, en caso de Muerte Accidental del Asegurado, indemnizará a sus herederos legales o beneficiario, un monto que permitirá al beneficiario contar con un apoyo económico para enfrentar este trágico evento
  • Este Producto cuenta con una cobertura oncológica para el asegurado titular y sus cargas por un monto único de libre disposición ante el diagnóstico de un cáncer primario
  • Adicionalmente para las cargas, en caso de fallecimiento se le indemnizará al titular los gastos funerarios incurridos con un máximo de UF 15
  • Incluye Asistencia de CHEQUEO PREVENTIVO DE SALUD otorgado por IGS (Integral group solution), no constitutivo de cobertura, para usted y su familia, que consiste en:
    • Orientación médica telefónica las 24 horas del día y los 365 días del año
    • Exámenes de Laboratorios Preventivos sólo 1 vez al año tales como: (Hemograma, perfil bioquímico, perfil lipídico, creatina, TSH tiroestimulante, orina completa), de los cuales se puede realizar todos en un mismo evento con un tope de 3 UF
    • Examen de Mamografía o Examen PAP (Papanicolaou) una vez al año (Si el cliente es Mujer)
    • Examen Antígeno Prostático Completo o Examen Colorectal (Si el cliente es Hombre)
    • Examen Antígeno Prostático Completo o Examen Colorectal (Si el cliente es Hombre)
    • Examen Preventivo de Diabetes 1 evento al año
    • Examen Cáncer de Colon 1 evento al año
    • Examen Oftalmológico 1 evento al año
    • Examen Preventivo de Sobrepeso 1 evento al año
    • Telemedicina 3 eventos al año

Cuadro de resumen

CoberturaA quien CubreLo que cubre la Compañía de Seguros
OncológicoAsegurado Titular y CargasLa compañía paga UF 500, en el evento de diagnosticarse clínicamente un cáncer primario al asegurado (monto orientado a pagar los gastos extraordinarios que no cubre la Isapre o Fonasa)
Muerte Accidental*Asegurado TitularLa compañía paga al Beneficiario, posterior al fallecimiento del asegurado un monto de UF 500
Cuota MortuoriaCargasEn caso de fallecimiento de alguna de las cargas, la compañía indemnizará al asegurado titular los gastos funerarios incurridos a consecuencia del con un tope de UF 15.

Importante: Conforme a lo dispuesto en la Circular N° 20 del SII, los pagos por concepto de indemnización que se realicen a cada uno de los beneficiarios de seguros de vida, contratados con posterioridad al 04 de febrero de 2022, se encuentran afectos al pago del Impuesto a la Herencia, el cual será rebajado y retenido del monto de la indemnización por la compañía de seguros, para luego ser enterado en arcas fiscales.

El seguro no cubrirá al asegurado bajo las siguientes circunstancias:

Cobertura Oncológica

  • Ninguna enfermedad o accidente que no sea cáncer

Cobertura de Muerte Accidental

  • Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra
  • Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa
  • Comisión de actos que puedan ser calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo
  • Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado
  • Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
  • La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
  • Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado.
  • Realización o participación en una actividad o deporte riesgoso, considerándose como tales aquellos que objetivamente constituyan una flagrante agravación del riesgo o se requiera de medidas de protección o seguridad para realizarlos. A vía de ejemplo y sin que la enumeración sea taxativa o restrictiva sino que meramente enunciativa, se considera actividad o deporte riesgoso el manejo de explosivos, minería subterránea, trabajos en altura o líneas de alta tensión, inmersión submarina, piloto civil, paracaidismo, montañismo, alas delta, benji, parapente, carreras de auto y moto, entre otros.
  • Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por la compañía aseguradora.
  • Riesgos nucleares o atómicos.
  • Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno sujeto a itinerario, operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros.

 Sin perjuicio de lo señalado, no se considera la exclusión indicada en la letra e), m), o) y p) del artículo 4° de las Condiciones Generales POL 3 2013 0103, las que se entenderán cubiertas por esta póliza.

Cobertura de Cuota Mortuoria UF 15

  • Aplican las mismas exclusiones de Muerte Accidental

Se deja expresa constancia que los Asegurados miembros de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería gozarán de cobertura, siempre y cuando, estas actividades se realicen con motivo u ocasión del ejercicio formal de su profesión.

Requisitos

Para el aseguro Titular:
  • Edad Mínima del Asegurado al momento de la Contratación: 18 años
  • Edad Máxima del Asegurado para la Contratación: 78 años y 364 días
  • Edad Máxima del Asegurado para la permanencia en la Póliza: 79 años y 364 días

Para adicionales (Cónyuge, conviviente civil, padres y padrastros):

  • Edad Mínima del Asegurado al momento de la Contratación: 18 años
  • Edad Máxima del Asegurado para la Contratación: 78 años y 364 días
  • Edad Máxima del Asegurado para la permanencia en la Póliza: 79 años y 364 días

Para adicionales (Hijos, hijastros, sobrinos, nietos y hermanos):

  • Edad Mínima del Adicional al momento de la Contratación: Desde 14 días de nacido
  • Edad Máxima del Adicional para la Contratación: 78 años y 364 días
  • Edad Máxima del Adicional para la permanencia en la Póliza: 79 años y 364 días

Todos los asegurados deberán estar en buenas condiciones de Salud al momento contratar el seguro, el cual no cubre condiciones preexistentes conocidas o diagnosticadas con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en la póliza. Para efectos de esta cobertura no podrán contratar este seguro clientes y sus adicionales que padezcan o hayan padecido a esta fecha algún tipo de Cáncer o tumor de cualquier naturaleza.

Planes

La prima mensual a pagar por el Asegurado Titular, expresada en Unidades de Fomento, se determinará según la edad del Asegurado y la cantidad de adicionales que éste incorpore a la póliza, según se indica en la siguiente tabla:

Tramo de EdadEntre 18 y 40 añosEntre 41 y 80 años
PlanPrima Mensual
Prima Mensual
Titular solo

UF 0,1440

UF 0,1800

Titular + 1 carga

UF 0,2340

UF 0,2700

Titular + 2 cargas

UF 0,3240

UF 0,3600

Titular + 3 cargas

UF 0,4140

UF 0,4500

Titular + 4 cargas

UF 0,5040

UF 0,5400

Titular + 5 cargas

UF 0,5940

UF 0,6300

El pago mensual de la prima se podrá hacer a través de los siguientes medios de pago de BancoEstado: Tarjeta de Crédito, Cuenta Corriente, Cuenta Vista o Cuenta RUT.

Importante: Se deja en claro que la prima que paga el asegurado al momento de la contratación del seguro, se mantendrá a lo largo de la vigencia de la póliza y no cambiará cuando este cambie de tramo de edad.

El Asegurado, cualquier familiar directo o Beneficiario, según corresponda, deberá informar tan pronto sea posible la ocurrencia del siniestro o a más tardar dentro del plazo de 240 días corridos, contados desde que se haya tomado conocimiento de la ocurrencia del siniestro.

Los medios para efectuar el aviso de un siniestro (denuncia) del Seguro son:

  • En cualquier sucursal de BancoEstado, a lo largo del país
  • En cualquier sucursal de MetLife a lo largo del país
  • Llamando al Fono Seguros BancoEstado 600 660 1212, donde le indicarán la casilla a la que debe enviar los documentos digitales
  • Directo en BancoEstado Corredores de Seguros S.A.

El interesado deberá presentar al menos los documentos que se mencionan a continuación, según sea la cobertura siniestrada:

Oncológico:

  • Exámenes médicos comprobatorios del diagnóstico de la enfermedad (Informe de Biopsia)

Muerte Accidental:

  • Copia del parte policial

Cobertura Cuota Mortuoria UF 15

  • No se requiere documentación adicional.

Importante: Sin perjuicio de lo anterior, la Compañía se reserva el derecho de solicitar otros antecedentes adicionales, si así lo estimara conveniente, y que sean fundamentales en la evaluación del siniestro.

Datos de renovación

Información de Renovación de Póliza
Cobertura(s)CompañíaVigencia Póliza
  DesdeHasta
Oncológico,
Muerte Accidental
MetLife01/01/202331/12/2023

Seguro intermediado por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La compañía que asume el riesgo es MetLife Chile Seguros de Vida S.A. Las coberturas se rigen por las condiciones generales depositados en la C.M.F. bajo los códigos POL 3 2013 0103, Artículo 2° Letra A, POL 3 2013 0102 y CAD 2 2020 0095. BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado, el cual posee el 50,1% de la propiedad de dicha entidad. El restante 49,9% corresponde a MetLife Chile Inversiones Limitada. 

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