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Seguro Renta Diaria Por Hospitalización

Es un seguro que en caso de hospitalización del asegurado Titular o sus cargas aseguradas (hijos o nietos), ya sea a causa de enfermedad o accidente, por más de 24 horas continuas, la Compañía Aseguradora pagará al asegurado un monto diario (de acuerdo al plan contratado) por cada día que permanezca hospitalizado, otorgando doble indemnización en caso de ser hospitalizado en UTI o UCI.

CoberturaTope por Hospitalización
• Renta Diaria por Hospitalización
• Renta Diaria por Hospitalización en UTI o UCI
180 días por evento

Además:

  • Doble indemnización por hospitalización en UTI o UCI
  • Cobertura tanto en Chile como en el extranjero
  • Adicionalmente cuenta con un beneficio del 10% de descuento sobre descuentos en cualquier producto de Farmacia Cruz Verde (con un tope de $10.000 mensual y a excepción de medicamentos oncológicos, inmunológicos, vacunas, medicina reproductiva y alimento para mascotas)
  • Ponemos a tu disposición el servicio de Asistencia “Chequeo Preventivo de Salud”, que consta de los siguientes exámenes preventivos: de Diabetes, Hipertensión y Radiografía traumatológica
  • Cuentas con las siguientes asistencias adicionales a tu disposición, en donde te podrás realizar:
    • Exámenes preventivos de Diabetes: Un evento por año, sin tope
    • Exámenes preventivos de Hipertensión: Un evento por año, sin tope
    • o Radiografías Traumatológicas: 2 eventos por año, considera una radiografía por evento, con un tope de 1,5 UF
  • Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra
  • Peleas o riñas, salvo en aquellos casos en que se establezca judicialmente que se ha tratado de legítima defensa
  • Comisión de actos que puedan ser calificados como delito, así como la participación activa en rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo
  • Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto infringidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente. Suicidio, cualquiera sea la época en que ocurra o por lesiones inferidas al asegurado por sí mismo o por terceros con su consentimiento, salvo que el asegurado haya estado privado totalmente de la razón lo cual deberá ser acreditado por los medios legales correspondientes
  • Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado
  • Intoxicación o encontrarse el asegurado bajo los efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes
  • Riesgos nucleares o atómicos
  • Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero en uno sujeto a itinerario, operado por una empresa de transporte aéreo comercial, sobre una ruta establecida para el transporte de pasajeros
  • La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose éste en estado de ebriedad, conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha del siniestro. Dicha circunstancia se acreditará mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes
  • Hernias y sus consecuencias, sea cual fuere la causa de que provengan
  • Hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, parto, aborto o la pérdida que resulte del mismo. No se considerará para esta exclusión, el aborto respecto de una causal despenalizada por ley
  • Exámenes médicos de rutina. Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el sólo efecto preventivo, no inherente o necesario para el diagnóstico de una enfermedad
  • Tratamientos estéticos, cosméticos, plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos o cirugías que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones producidas por accidentes o enfermedades anteriores a la fecha de vigencia de esta póliza. Tampoco se cubrirá la hospitalización a causa de cirugía plástica, estética, cosmética o reparadora y tratamientos secundarios a dichas cirugías
  • Cualquier tipo de enfermedad mental o nerviosa, curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento
  • Hospitalizaciones para prestaciones dentales, exámenes dentales, extracciones, empastes, tratamiento o cirugía dental en general, como también todo tipo de cirugía maxilofacial
  • Enfermedades, dolencias o situación de salud preexistentes

Se deja expresa constancia que, para efectos de esta exclusión, no se incorporará a la póliza a aquellas personas que, al momento de la suscripción del seguro, hayan padecido alguna de las siguientes enfermedades: Cáncer, Cardiopatías, Enfermedad Vascular, Insuficiencia Renal Crónica, Parálisis, Trasplante de Órganos Mayores, Esclerosis Múltiple o Diabetes Mellitus. Las exclusiones establecidas en las letras h) y p) del Artículo 4° de las Condiciones Generales, se entenderán cubiertas por este seguro.

Estas exclusiones aplican tanto para el Asegurado Titular como para los dependientes.

Se deja expresa constancia que los Asegurados miembros de las Fuerzas Armadas, Fuerzas de Orden y Seguridad y de Gendarmería gozarán de cobertura, siempre y cuando, estas actividades se realicen con motivo u ocasión del ejercicio formal de su profesión.

Requisitos

  • Para la contratación del seguro, el Asegurado Titular debe ser mayor de 18
  • Para el caso de las cargas (hijos(as), cónyuge, pareja, conviviente civil, padres, padrastros, nietos(as) o hermanos(as)), la edad mínima de ingreso es a partir del día 14 de nacido
  • La edad máxima de permanencia tanto para el titular y sus cargas es hasta los 79 años y 364 días
  • Ser cliente titular de una Cuenta Corriente, Chequera Electrónica, CuentaRUT y Tarjeta de Crédito Visa o Mastercard
  • El cliente podrá contratar sólo un seguro por este canal de venta

Planes

El cliente cuenta con 5 Alternativas de contratación del seguro cada una con 3 planes de cobertura.

Plan 1Monto Asegurado
AseguradoHospitalizaciónHospitalización UTI-UCI
Prima cliente mensual UF Plan 1
Sólo titular
UF 1UF 20,195
Titular + 1 CargaUF 1UF 20,238
Titular + 2 CargasUF 1UF 20,268
Titular + 3 CargasUF 1UF 20,297
Titular + 4 CargasUF 1UF 20,327
Plan 2Monto Asegurado
AseguradoHospitalizaciónHospitalización UTI-UCI
Prima cliente mensual UF Plan 1
Sólo titular
UF 2UF 40,223
Titular + 1 CargaUF 2UF 40,297
Titular + 2 CargasUF 2UF 40,362
Titular + 3 CargasUF 2UF 40,423
Titular + 4 CargasUF 2UF 40,489
Plan 3Monto Asegurado
AseguradoHospitalizaciónHospitalización UTI-UCI
Prima cliente mensual UF Plan 1
Sólo titular
UF 3UF 60,250
Titular + 1 CargaUF 3UF 60,357
Titular + 2 CargasUF 3UF 60,454
Titular + 3 CargasUF 3UF 60,553
Titular + 4 CargasUF 3UF 60,651

Para todos los efectos el beneficiario de la renta diaria por hospitalización será el propio asegurado.

Para el pago de beneficios el asegurado o beneficiario deberá entregar en la sucursal BancoEstado o en la Corredora de Seguros los siguientes antecedentes:

  • Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado Titular, y de la Carga Asegurada en su caso. (por ambos lados)
  • Certificado del Hospital o Clínica que acredite los días de hospitalización del Asegurado Titular o sus Cargas Aseguradas en dicho recinto
  • Prefactura emitida por el Hospital o Clínica en la cual se indiquen los días de hospitalización y tipo de cama utilizada
  • Certificado(s) de Nacimiento de los hijos y nietos, que acrediten la relación de parentesco con el Asegurado Titular

La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro antecedente que estime necesarios para poder realizar la liquidación del siniestro.

Información de Renovación de Póliza
Cobertura(s)CompañíaVigencia Póliza
  DesdeHasta
• Renta Diaria por Hospitalización por Accidente
• Renta Diaria por Hospitalización por Enfermedad
MetLife01/01/202331/12/2023

BancoEstado Corredores de Seguros S.A. es filial de BancoEstado, el cual posee el 50,1% de la propiedad de dicha entidad. El restante 49,9% corresponde a MetLife Chile Inversiones Limitada. Seguros intermediados por BancoEstado Corredores de Seguros S.A. La compañía que asume los riesgos es MetLife Chile Seguros de Vida S.A., condiciones depositadas en la C.M.F. bajo los códigos POL 3 2013 0053.

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