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Lo que necesitas saber

Persona Jurídica formada por la reunión de un fondo común (patrimonio único, que se divide en acciones) proporcionado por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes mas no con su patrimonio personal. No hacen oferta pública de sus acciones, no están reguladas por la S.V.S., salvo que se sometan voluntariamente a su fiscalización.

Las sociedades anónimas son administradas por un directorio que debe tener como mínimo tres miembros, que a su vez deben elegir un gerente y un presidente. Se caracterizan además porque las decisiones se toman por mayoría, es decir a través de la votación de todos los socios que la conforman.

 

En resumen:

Sociedades anónimas cerrada (S.A.)

  • Dos o más accionistas.
  • Piensan incorporar nuevos socios a futuro.
  • Uno o más giros.
  • Regulación estricta.
  • Con fines de lucro

Se forma, existe y prueba por escritura pública inscrita y publicada. Se hace un extracto de la escritura social, el que deberá inscribirse en el registro de comercio correspondiente al domicilio de la sociedad y publicarse en el diario oficial. Además, puede constituirse a través del portal Empresa en un día.

Se puede constituir por:

  1. 1- Sistema Notarías
  2. 2- Registro empresas y sociedades